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Hombre trabajador de fábrica contento con pulgar arriba

Mecanismo de Protección al Cesante

Mecanismo de Protección al Cesante, fue creado por el Gobierno Nacional mediante la Ley 1636 del 2013, cuya finalidad es la articulación y ejecución de políticas activas y pasivas de mitigación de los efectos del desempleo que enfrentan los trabajadores; al tiempo de facilitar la reinserción laboral de la población cesante en el mercado laboral en condiciones de dignidad, mejoramiento de la calidad de vida, permanencia y formación.

• Servicio Público de Empleo • Capacitación general para la inserción laboral • Fosfec • Ahorro de cesantías

¿Quiénes somos?

Marco legal

Los servicios de la Agencia de Gestión y Colocación de Empleo se prestarán sujetos a la Ley 1636 del 18 de junio de 2013; por medio de la cual se crea el Mecanismo de Protección al Cesante de Colombia y con base en el Decreto 2852 del 06 de diciembre de 2013, por el cual se reglamenta el Servicio Público de Empleo y el régimen de prestaciones del Mecanismo de Protección al Cesante, y la resolución 2232 del 30 de agosto de 2021 a través de la cual se definen las condiciones jurídicas, técnicas, y operativas para la prestación y alcance de los servicios de gestión y colocación de empleo.

A través de la resolución 0411 del 25 noviembre de 2021 expedida por la UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DEL SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO se Autorizó la Prestación del Servicio Público de Empleo, a la Agencia Privada No Lucrativa de Gestión y Colocación de Empleo de la CAJA DE COMPENSACIÓN FAMILIAR DE FENALCO DEL TOLIMA COMFENALCO. Ver Resolución 0411 modificada por la Resolución 0090 de marzo 22 de 2024. Ver Resolución 0090

Le invitamos a consultar nuestro Reglamento de Prestación de Servicios de la Agencia de Gestión y Colocación de Empleo. Reglamento

Misión

Facilitar la inserción o reinserción en el mercado laboral de la población en general en condiciones de dignidad, permanencia y formalización, mejorando la calidad de vida de los cesantes a través del reconocimiento de beneficios que mitiguen los efectos del desempleo previo el de cumplimiento de requisitos y concertar el encuentro entre oferentes y demandantes que permita a los empleadores a contratar trabajadores apropiados a sus necesidades, calificados y con un mayor nivel de competencia.

Visión

Facilitar la inserción o reinserción en el mercado laboral de la población en general en condiciones de dignidad, permanencia y formalización, mejorando la calidad de vida de los cesantes a través del reconocimiento de beneficios que mitiguen los efectos del desempleo previo el de cumplimiento de requisitos y concertar el encuentro entre oferentes y demandantes que permita a los empleadores a contratar trabajadores apropiados a sus necesidades, calificados y con un mayor nivel de competencia.

Objetivo general

Prestar servicios de intermediación laboral para vincular ofertas y demandas de empleo y otros servicios determinados por el Ministerio de Trabajo que tengan como finalidad mejorar las condiciones de empleabilidad de los oferentes y apoyar a las empresas en la búsqueda de personal idóneo para sus vacantes.

Objetivos específicos

• Realizar la inscripción de las hojas de vida de la población que se encuentran en búsqueda de empleo o cambio del actual.

• Orientar a los usuarios en la identificación de su perfil, sus brechas para la empleabilidad y establecer la ruta a seguir para lograr la colocación.

• Formar los usuarios en competencias claves, transversales y laborales, lo que les permitirá tener un mejor perfil para la consecución de un empleo o cambio del actual.

• Acompañar y asesorar a los empresarios en la búsqueda de perfiles y consecución de los mismos.

• Remitir a los usuarios más idóneo e interesados en las vacantes a las empresas solicitantes.

Obligaciones de los oferentes o buscadores:

Los oferentes o buscadores tendrán las siguientes obligaciones:

a) Suministrar información veraz en el diligenciamiento del formato de hoja de vida.

b) Informar a la Agencia de Gestión y Colocación de Comfenalco Tolima, cuando no esté interesado en que continúe prestándole los servicios de gestión y colocación.

Derecho de los oferentes o buscadores:

Los oferentes o buscadores tendrán derecho a:

a) Recibir atención adecuada y de calidad en la Agencia de Gestión y Colocación de Empleo de Comfenalco Tolima.

b) Conocer el reglamento de prestación de Servicios de la Agencia Gestión y Colocación de Empleo de Comfenalco Tolima al momento de la inscripción.

c) Ser informado sobre el tratamiento que recibirán los datos personales que suministre a la Agencia de Gestión y Colocación de Comfenalco Tolima.

d) Rectificar en la información registrada en el servicio público de empleo en cualquier momento.

e) Recibir en forma gratuita los servicios básicos de gestión y colocación de empleo.

f) Ser informado sobre los procedimientos establecidos para los servicios que solicite.

g) Presentar quejas y reclamos a la Agencia de Gestión y Colocación de Comfenalco Tolima y que estas sean atendidas dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a su presentación.

Obligaciones de los potenciales empleadores:

Los potenciales empleadores tendrán las siguientes obligaciones:

a) Suministrar información veraz sobre las condiciones laborales de las vacantes ofertadas, conforme a lo dispuesto en la Ley 1636 de 2013, así como las normas que lo modifiquen, adicionen o sustituyan la disposición legal.

b) Informar a la Agencia de Gestión y Colocación de empleo, cuando no esté interesado en que continúe prestándole los servicios de Gestión y Colocación.

c) Abstenerse de usar palabras o expresiones discriminatorias u ofensivas en el uso de la plataforma o en la descripción de las vacantes.

d) Todas las vacantes registradas deben cumplir con la normatividad vigente, según la Resolución 129 de 2015 expedida por la Unidad del Servicio Público de Empleo.

Derechos de los potenciales empleadores:

Los potenciales empleadores tendrán los siguientes derechos:

a) Recibir un servicio adecuado y de calidad.

b) Ser informado sobre el tratamiento que recibirán los datos que suministre a la agencia de gestión y colocación.

c) Rectificar la información registrada en el servicio público de empleo en cualquier momento.

d) Ser informado sobre el procedimiento establecido para los servicios solicitados.

e) Conocer las gestiones realizadas por la Agencia de Gestión y Colocación de Empleo en desarrollo de la prestación de servicio.

f) Presentar quejas y reclamos a la agencia de gestión y colocación y que estas sean atendidas dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a su presentación.

Mayores informes

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Email:
agenciadeempleo@comfenalco.com.co / intermediacionlaboral@comfenalco.com.co

Vinculado a la red de prestadores del Servicio Público de Empleo Autorizado por la Unidad Administrativa Especial del Servicio Público de Empleo Según Resolución No. 0411

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