Mecanismo de Protección al Cesante
Mecanismo de Protección al Cesante, fue creado por el Gobierno Nacional mediante la Ley 1636 del 2013, cuya finalidad es la articulación y ejecución de políticas activas y pasivas de mitigación de los efectos del desempleo que enfrentan los trabajadores; al tiempo de facilitar la reinserción laboral de la población cesante en el mercado laboral en condiciones de dignidad, mejoramiento de la calidad de vida, permanencia y formación.
• Servicio Público de Empleo • Capacitación general para la inserción laboral • Fosfec • Ahorro de cesantías
Potenciales empleadores
Los potenciales empleadores deberán realizar el respectivo registro ante cualquiera de los prestadores autorizados del Servicio Público de Empleo.
Dentro de los servicios que ofrecemos totalmente gratuitos se encuentra la aplicación de prueba Psicotécnica a los candidatos que tengan mayor opción para ocupar la vacante.
Igualmente, tenemos la posibilidad de prestar el salón empresarial para llevar a cabo procesos de selección, inducción, capacitaciones, entre otros.
Conozca en el video cómo realizar el registro de su empresa en nuestra Agencia de Empleo.
Señor empresario no olvidar: «Los empleadores están obligados a reportarle al prestador, los oferentes colocados; o en su defecto las razones de no colocación. Este proceso deberá realizarse dentro de los 6 meses siguientes a la remisión efectuada por el prestador. Ley 2225 de 2022, Artículo 12». |
Preselección
Permite identificar entre los oferentes o buscadores inscritos, aquellos que cumplan con el perfil requerido en la vacante mediante acciones generadas por el sistema de información autorizado y/o la gestión realizada por el prestador.
Remisión
Son las acciones que permiten poner a disposición del potencial empleador las hojas de vida de los oferentes o buscadores preseleccionados que cumplan con lo requerido en la vacante por medio del sistema de información autorizado.
En nuestra Agencia podrá encontrar asesoramiento técnico y humano gracias al apoyo de profesionales con experiencia en el ámbito de Registro, Orientación ocupacional e Intermediación laboral. Nuestra actividad se centra en ofrecer valor agregado y proporcionar beneficios tangibles a nuestros usuarios.
Cierre de vacantes
Es el proceso en el cual se documenta en el sistema la decisión final del empleador frente a las hojas de vida remitidas y los resultados de su proceso de selección.
En el siguiente vídeo se indica cómo el empleador puede revisar las hojas de vida y documentar el cierre de la vacante.
Mayores informes
Sede Principal:
Calle 36 entre Cra. 5 y 6 – Ibagué
Cel.: 318 240 3080 – 317 501 7353
PBX: (608) 267 0088 Ext. 104 – 105
Horario atención: lunes a viernes de 8:00 a.m. a 12:00 m. y de 2:00 p.m. a 5:00 p.m.
Sede Acqua:
Calle 60 con Av. Guabinal – L. 504-505 – Ibagué
Cel.: 310 201 2863 – 321 427 1575
Horario atención: lunes a viernes de 9:00 a.m. a 1:00 p.m. y de 2:00 p.m. a 6:30 p.m.
Punto de Servicio sector Salado:
Cra. 8 No. 123 – 200 UIS Torreón B/El Salado
Cel.: 310 804 5078
Horario atención: lunes a viernes de 8:00 a.m. a 12:00 m. y de 2:00 p.m. a 5:00 p.m.
Punto de Servicio Melgar:
Cra. 22 No. 6 – 23 B/Centro
Cel.: 310 804 1400
Horario atención: lunes a viernes de 8:00 a.m. a 12:00 m. y de 2:00 p.m. a 5:00 p.m.
Calle 12 No. 5 – 82 B/Centro Cel.: 310 804 7996 Horario de atención: lunes a viernes de 8:00 a.m. a 12:00 m. y de 2:00 a 5:00 p.m.
Calle 8 No. 4 – 50 B/El Carmen
Cel.: 310 805 0771
Horario de atención: lunes a viernes de 8:00 am a 12:00 m y de 2:00 a 5:00 pm
Email:
agenciadeempleo@comfenalco.com.co / intermediacionlaboral@comfenalco.com.co
Vinculado a la red de prestadores del Servicio Público de Empleo Autorizado por la Unidad Administrativa Especial del Servicio Público de Empleo Según Resolución No. 0411